Micelio
Auto15 de abril de 2026

A-443/26 de 2026

Ponente Vladimir Fernández Andrade

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 025 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 011 Administrativo de la misma ciudad, suscitado por una demanda ordinaria laboral, contra la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. – CIAC S.A., con el fin de solicitar que se declare la existencia de un contrato realidad entre las partes, que la parte demandada dio por terminado el contrato de trabajo celebrado con la demandante, como gestora contractual para la Dirección Logística Aeronáutica de la entidad, de forma unilateral e injustificada y, en consecuencia, se la condene al pago de las acreencias laborales y prestacionales surgidas por dicha causa, entre otras pretensiones.

Verificado el cumplimiento de los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones la Sala Plena advierte que la pretensión principal de la demanda es la declaración de una relación laboral que presuntamente fue encubierta a través de las sucesivas suscripción de contratos de prestación de servicios con la empresa demandada, entidad pública que está sometida al régimen de las empresas industriales y comerciales del estado dado que posee más del 90% de su capital social, por lo que es dable reiterar lo dispuesto en auto 492/21 según el cual, de conformidad con el artículo 104 del CPACA, corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo la competencia para conocer y decidir de fondo el asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
03

La Sala que decidió

No hay composición de sala registrada para esta providencia. Para tutelas y autos a menudo solo se conoce el ponente.
04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.